Sí se puede
February 8, 2012 | In: Mangas Verdes
“ Se admite a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto y requiérase a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo en los términos que establece el Art. 48, ordenándole que practique los emplazamientos previstos en el Art.
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